Estudio Robledo y Asociados

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Asesores contables, impositivos y de gestión

PLANTAS FAENADORAS: SE DEROGA LA NORMA QUE ESTABLECÍA EL HORARIO DE INICIACIÓN Y FINALIZACIÓN DE LA FAENA.

RESOLUCIÓN SEC. BIOECONOMÍA (M.E.) 33

Bol. Oficial: 10/6/2024

Vigencia: 11/6/2024

A través de la presente se deroga la Resolución 73/1991 de la ex – JUNTA NACIONAL DE CARNES que establecía en todas las plantas faenadoras del país el horario de iniciación de sus faenas, de lunes a viernes entre las CUATRO HORAS (4 hs.) y CATORCE HORAS (14 hs.).

La misma se dicta para modernizar los procesos y hacer más flexibles los horarios de las plantas faenadoras, para adaptarse a las demandas actuales del mercado -tanto nacional como internacional- y, además, para atender las necesidades actuales de la industria cárnica.

Estamos a disposición por cualquier consulta.

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