Estudio Robledo y Asociados

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Asesores contables, impositivos y de gestión

PEN – IMPORTACIÓN PARA CONSUMO DE MERCADERÍA PSP COURIER – DESGRAVACIÓN DEL DERECHO DE IMPORTACIÓN Y EXENCIÓN DEL PAGO DE LA TASA DE ESTADÍSTICA EN DETERMINADOS CASOS.

Decreto PEN 1065

Bol. Oficial: 2/12/2024

Vigencia: desde el 3/12/2024.

Por medio del presente decreto, a los fines de facilitar y simplificar el comercio para el consumidor/usuario, se establece que la importación para consumo de mercadería que ingrese al territorio aduanero a través del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, sin finalidad comercial, hasta un máximo de CINCO (5) envíos por año y por persona, queda desgravada del derecho de importación y exenta del pago de la tasa de estadística (sí abonarán IVA), hasta un valor FOB equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS (USD 400) por envío.

Cuando dichos envíos excedieren el valor o el cupo mencionados, el excedente no quedará alcanzado por los beneficios (franquicia) previstos en el presente decreto.

ARCA procederá a dictar las normas complementarias, y realizará la adecuación de sus sistemas de recaudación, de conformidad con las disposiciones de la presente medida.

Estamos a disposición por cualquier consulta.

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