PEN – IMPORTACIÓN PARA CONSUMO DE MERCADERÍA PSP COURIER – DESGRAVACIÓN DEL DERECHO DE IMPORTACIÓN Y EXENCIÓN DEL PAGO DE LA TASA DE ESTADÍSTICA EN DETERMINADOS CASOS.
Decreto PEN 1065
Bol. Oficial: 2/12/2024
Vigencia: desde el 3/12/2024.
Por medio del presente decreto, a los fines de facilitar y simplificar el comercio para el consumidor/usuario, se establece que la importación para consumo de mercadería que ingrese al territorio aduanero a través del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, sin finalidad comercial, hasta un máximo de CINCO (5) envíos por año y por persona, queda desgravada del derecho de importación y exenta del pago de la tasa de estadística (sí abonarán IVA), hasta un valor FOB equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS (USD 400) por envío.
Cuando dichos envíos excedieren el valor o el cupo mencionados, el excedente no quedará alcanzado por los beneficios (franquicia) previstos en el presente decreto.
ARCA procederá a dictar las normas complementarias, y realizará la adecuación de sus sistemas de recaudación, de conformidad con las disposiciones de la presente medida.
Estamos a disposición por cualquier consulta.
Estudio Robledo & Asoc.