COMERCIOS – TERMINALES ELECTRONICAS: TRANSACCIONES COMERCIALES CON TARJETAS DE CREDITO, COMPRA O DEBITO
RESOLUCIÓN SEC. COMER. 87
Bol. Oficial: 12/3/2024
Aplicación: a partir del 12/03/2024
- Todos los establecimientos comerciales que acepten para la realización de sus transacciones comerciales tarjetas de crédito, compra o débito, y operen con terminales electrónicas para el pago de las operaciones realizadas (terminales de captura de datos o “POS”), deberán poner a disposición del consumidor las mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación.
- Se establece un plazo de adecuación de 180 días contados a partir del 12 de marzo, a efectos de que los proveedores adapten los servicios de atención al cliente de acuerdo a lo establecido en la presente resolución.
Estamos a disposición por cualquier consulta.
Estudio Robledo & Asoc.