ARCA – IMPUESTO PAIS: ELIMINACIÓN DEL PAGO A CUENTA (95%) POR IMPORTACIONES DE MERCADERÍAS.
RESOLUCIÓN ARCA 5604
Bol. Oficial: 26/11/2024
Vigencia: desde el 25/11/2024.
Por medio de la presente, ARCA deja sin efecto el pago a cuenta del Impuesto PAIS aplicable sobre las operaciones de importación comprendidas en los incisos b) y e) del primer párrafo del art. 13 bis del Dto.99/19, a saber:
- Importación mercaderías – Anexo I Dto. 99/19 – “Bienes de lujo o suntuarios”.
- Importación de mercaderías –“todas”-, con ciertas excepciones.
Recordemos que dicho pago a cuenta del 95% del impuesto, se calculaba sobre el Valor FOB declarado en la destinación de importación, y su ingreso recaía sobre el importador, quien debía cumplirlo al momento de la oficialización de la destinación de importación.
La medida se adopta teniendo en cuenta que el “Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” rige por el término de 5 años a partir del día 23 de diciembre de 2019, y que el acceso al mercado de cambios conforme a la normativa en materia cambiaria, se producirá con posterioridad a la finalización de su vigencia. En consecuencia, se deroga el Título II de la RG AFIP 5.393, sus modif. y su compl.
Estamos a disposición por cualquier consulta.
Estudio Robledo & Asoc.