Estudio Robledo y Asociados

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Asesores contables, impositivos y de gestión

AFIP – ADUANA: GARANTÍAS – ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA. PRÓRROGA.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5538

Bol. Oficial: 1/8/2024

Vigencia: a partir del 30/7/2024.

A través de la presente se prorroga, hasta el 6 de diciembre de 2024, inclusive, la vigencia de la solvencia acreditada por parte de los operadores de comercio exterior -importadores, exportadores y auxiliares del comercio y del servicio aduanero- inscriptos en los registros especiales aduaneros, con vencimiento el 31 de julio del corriente año.

Los mencionados sujetos podrán presentar las garantías de actuación establecidas en el apartado III del Anexo II de la RG AFIP 3885, hasta la fecha indicada, a partir de la cual la solvencia caducará automáticamente.

Esta medida tiene su fundamento en la extensión del plazo para la presentación y pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y cedular, correspondientes al período fiscal 2023, dispuesta por la RG AFIP 5.516.

Estamos a disposición por cualquier consulta.

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