SOCIEDADES – AUMENTO DEL CAPITAL MÍNIMO PARA LA CONSTITUCIÓN DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS.
DECRETO P.E.N. 209
Bol. Oficial: 1/3/2024
Aplicación: a partir del 01/03/2024
Se fija en $30.000.000 el capital social mínimo para la constitución de sociedades anónimas, exigido por el art. 186 de la Ley General de Sociedades (LGS) 19.550.
La presente actualización entra en vigencia a partir del 1 de marzo 2024.
Se establece dicho importe como consecuencia de la inflación acumulada entre la fecha en la cual se dispuso la última actualización y el mes de diciembre de 2023 (3.400 %).
Asimismo, se ha tenido en cuenta que los propósitos que motivaron la exigencia de un capital mínimo para la constitución de las sociedades anónimas, determinan que dicho importe deba renovarse periódicamente a los efectos de que el mismo responda a la realidad económica.
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Estudio Robledo & Asoc.