TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – SALARIO MÍNIMO VITAL Y MÓVIL (SMVM)
RESOLUCIÓN (CNEPSMVM) 4 y 5 (rectifica fecha)
Bol. Oficial: 21/2/2024
Aplicación: a partir del 01/02/2024.
Se fija, para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley 20.744 y sus modif., en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúe como empleador, un salario Mínimo, Vital y Móvil -excluidas las asignaciones familiares-, y de conformidad con lo normado en el art. 140 de la Ley 24.013 y modif., de:
a. A partir del 1/2/24 en $180.000 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo; y de $900 por hora, para los trabajadores jornalizados.
b. A partir del 1/3/24 en $202.800 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo; y de $1.014 por hora, para los trabajadores jornalizados.
Estamos a disposición por cualquier consulta.
Estudio Robledo & Asoc.